domingo, 5 de junio de 2016

SOBRE   LAS   “RESERVAS   DE   LA   BIOSFERA”


(texto basado en los resultados de la tesis doctoral de Joel Maximiliano Martínez sobre la reserva de “La Sepultura”, en el estado mexicano de Chiapas, realizada bajo mi dirección
en la Universidad de Córdoba y leída el pasado mes de mayo)


Casi el 13% de la superficie terrestre a nivel mundial y casi el 2% del área oceánica, se ven afectados por algún programa de protección de la naturaleza, habiendo aumentado en los últimos diez años. Ello significa que la gestión de dichos espacios naturales está bajo la responsabilidad de entidades públicas (sobre todo, de las que tienen competencias en materia de medio ambiente).

Algunos autores señalan que no se puede caer en la autocomplacencia, ya que, a pesar de las políticas de protección, el deterioro de los espacios naturales avanza de forma inexorable, mostrando las limitaciones de esas políticas. De ahí que se considere que proteger la naturaleza no es sólo un tema de conservación de determinadas áreas, sino una cuestión más compleja que exige tener en cuenta no sólo los elementos que afectan directamente a los ecosistemas, sino también los que se refieren a las condiciones de vida de la población que reside en ellos.

Lo que se plantea es, por tanto, ampliar el paradigma de la protección de la naturaleza sacándolo del reducido ámbito ecológico para integrarlo en el paradigma de la sostenibilidad (económica, social y ambiental).

El programa MaB de la UNESCO

El Programa sobre el Hombre y la Biosfera de la UNESCO (en adelante, MaB) (Man and Biosphere) iniciado en los años 1970, aborda de un modo integral el tema de la conservación de la naturaleza al hacer compatible este objetivo con el de la mejora del bienestar de la población que reside en los espacios naturales y que utiliza los recursos asociados a dichos territorios. A lo largo de sus más de cuarenta años de funcionamiento, el Programa ha ido centrando sus actuaciones en la figura de la “reserva de la biosfera” (REBI).

Las REBIs son, por tanto, un reconocimiento que concede la UNESCO a determinados espacios naturales que, por su valor emblemático en materia de biodiversidad, deben ser protegidos mediante políticas destinadas a conciliar el objetivo de la “conservación” de la naturaleza y el del “desarrollo económico y social”.

El reconocimiento puede concederse, por tanto, a áreas terrestres, costeras o marinas representativas por su valor único desde el punto de vista de la biodiversidad, y siempre que la población humana y sus actividades sean parte integral de ellas. La declaración de una zona como REBI debe implicar el desarrollo de programas de protección apoyados en bases científicas, así como en el conocimiento y saberes locales y en la identidad cultural de la población.

Actualmente, existen a nivel mundial 650 reservas de la biosfera reconocidas por el programa MaB de la UNESCO e integradas en la “Red Mundial de Reservas de la Biosfera”. En España son 47 las áreas naturales reconocidas por la UNESCO como reservas (en Andalucía, están las de Sierra de Grazalema, Doñana, Cabo de Gata-Níjar, Sierra Nevada o Sierra de las Nieves, Cazorla-Segura-Las Villas, Dehesas de Sierra Morena)

En toda REBI deben quedar bien delimitadas tres zonas geográficas. La primera es la “zona núcleo”, cuyos rasgos ecológicos son los que justifican la creación de la reserva, siendo, por ello, la zona mejor conservada por contener el mayor grado de biodiversidad. Esta zona debe estar dotada, por tanto, de instrumentos legales de máxima protección en el marco de cada legislación nacional (en el caso español, la zona núcleo de nuestras REBIs está protegida por la figura de “parque natural”). De ese modo se garantiza tanto la conservación de los componentes más valiosos y representativos del correspondiente espacio natural, como la preservación de los servicios ambientales que proporciona.

Alrededor de la “zona núcleo” se encuentra la “zona de amortiguamiento o tampón” (buffer zone), donde se puede permitir la realización de actividades que sean compatibles con la conservación y que puedan contribuir al desarrollo de la investigación, la educación ambiental, la utilización de los modelos tradicionales de aprovechamiento,… En esta “zona tampón” se pueden autorizar, por tanto, actividades productivas, pero siempre que sean de bajo impacto e intensidad, con objeto de reducir sus posibles efectos sobre la “zona núcleo”.

Rodeando a esta segunda zona existe la “zona de transición”, donde se pueden autorizar actividades agrarias e industriales y donde tiene lugar la realización de acciones destinadas específicamente a promover el “desarrollo y bienestar” de la población local, pero con criterios de sostenibilidad. Para el cumplimento de las funciones de cada zona, se utilizan ciertas herramientas de actuación sobre el territorio, tales como la planificación territorial, los procesos participativos de los agentes implicados (decisores, técnicos, población local, grupos de interés,…), los sistemas de gobernanza o los mecanismos de coordinación.

La política de REBIs es la única política de protección de espacios naturales cuyo objetivo específico es preservar la biodiversidad conciliándolo con el desarrollo y el bienestar de las poblaciones locales. Constituye, por tanto, una figura de protección en la que explícitamente se incluye a la población local como actor clave en la gestión de los espacios naturales. Además, son políticas que permiten construir una relación de mutuo acercamiento entre los gestores públicos, la comunidad científica y las poblaciones locales.

Limitaciones de las políticas de protección

Análisis comparados entre REBIS situadas en diferentes contextos sociales y económicos, muestran las limitaciones que encuentran estas políticas de protección de la naturaleza en territorios donde se carece de las infraestructuras y equipamientos necesarios para asegurar el desarrollo y bienestar de la población local. En tales casos se manifiestan las contradicciones de políticas como ésta de la REBIs.

Si bien persiguen objetivos integrales de sostenibilidad ambiental, económica y social, estas políticas son, sin embargo, diseñadas por departamentos sectoriales, como los de medio ambiente, cuya lógica de conservación de los ecosistemas les lleva a estar más preocupados por el logro de los objetivos ambientales que de los relacionados con el desarrollo y el bienestar de la población.

De ese modo, las acciones emprendidas desde los departamentos de medio ambiente, aunque puedan obtener algunos resultados positivos gracias a los sistemas de incentivos económicos (por ejemplo, los “pagos por servicios ambientales”), se ven limitadas por las carencias existentes en esos otros ámbitos. Así, los objetivos de conservación acaban siendo negativamente afectados por la falta de infraestructuras y equipamientos en el territorio de la reserva.

Esto nos conduce a la reflexión final de que no es posible conciliar mediante políticas sectoriales los objetivos de la “conservación de los ecosistemas” y el “desarrollo y bienestar de la población” en territorios donde existen graves carencias en infraestructuras, servicios y equipamientos básicos. Sólo políticas integrales, diseñadas y aplicadas de manera coordinada por diversas instancias administrativas (medio ambiente, educación, salud, servicios sociales, fomento,…), pueden hacer posible la conciliación de esos dos objetivos. Estos dos objetivos son los que le dan a la figura de la REBI su singularidad respecto a otras figuras de protección de la naturaleza (como las de la red Natura 2000 de la UE, cuyo objetivo fundamental es la conservación).

Esta es la principal conclusión del trabajo de tesis doctoral realizada, bajo mi dirección, por el doctorando Joel Maximiliano Martínez en la Reserva de la Biosfera de “La Sepultura”, en el estado mexicano de Chiapas.

1 comentario:

  1. Si sostenibilidad econòmica,social y ambiental. Polìticas integrales diseñadas y aplicadas coordinadamente. Inclusion de la poblacion local,solucion de sus carencias para comenzar bien. Importante y urgente.

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