domingo, 28 de febrero de 2016

SOBRE  LA  LIMITACION  TEMPORAL
 DE  LOS  CARGOS  POLÍTICOS

(Texto publicado el 28/02/2016)

Resulta siempre atractiva la propuesta de limitar el tiempo para ocupar cargos políticos, y suele plantearse como un elemento de regeneración democrática. De hecho muchos partidos lo llevan en sus programas. Cs lo ha incluido en el paquete de reformas para el pacto de gobierno con el PSOE. Sin embargo, merece la pena dedicarle algo de atención a este asunto, para ver en qué medida una propuesta como ésta puede contribuir a regenerar la vida política.

Uno de los argumentos en que se basa la propuesta de limitación temporal de los cargos políticos radica en considerar que una prolongación excesiva de las mismas personas en un cargo aumenta el riesgo de corrupción.

Este argumento no tiene una base lógica ni se sostiene en la realidad empírica. Si la propensión a ser corrupto anida en la codicia de las personas y en su falta de valores cívicos, sería lógico pensar lo contrario, a saber: que mientras más corto sea el periodo de ocupación de un cargo, mayor prisa e interés tendrá el político corrupto en sacar el máximo provecho de la situación de poder que ostenta.

A nivel empírico, hay casos de corrupción en personas que han estado poco tiempo en el ejercicio de un cargo político, y casos de personas honestas que han estado en la vida política un largo periodo de tiempo. Por tanto, esa premisa me parece discutible.

El segundo argumento es el que considera que limitando el tiempo de ocupación de un cargo público por las mismas personas, se posibilitaría la renovación de las élites políticas abriendo la puerta a la entrada de nuevas generaciones de políticos. Este argumento no tiene que ver con el riesgo de corrupción, sino con la idea de que lo nuevo siempre es mejor que lo viejo. Se plantea así que sería bueno para la democracia que, cada cierto tiempo (ocho años, por ejemplo), las instituciones fuesen renovadas para que entre aire fresco en ellas.

Este segundo argumento me parece también discutible, ya que, en democracia, la experiencia es un valor que se adquiere con el ejercicio del poder y mediante la asunción de responsabilidades públicas. Sin duda que es positiva la renovación de los cargos políticos, pero no mediante una limpieza general cada ocho años, que puede llevarse por delante un valioso capital de experiencia política en un país, como el nuestro, no sobrado precisamente de buenos políticos.

Los políticos deben ser renovados no por ser viejos (es decir, no por llevar mucho tiempo en un cargo), sino por ser ineficaces en el ejercicio de sus responsabilidades públicas o bien por mostrar signos de agotamiento. Correspondería a los partidos proceder a la renovación de sus cuadros dirigentes si quieren evitar que su imagen aparezca anquilosada y poco creible ante los electores, que son los que, en última instancia, deben decidir si esa renovación es o no la acertada.

Sea por un argunento o por otro, lo cierto es que el tema de la limitación temporal de los cargos públicos ha irrumpido en la agenda política. Y esto a pesar de que la excesiva permanencia en la presidencia del gobierno de la nacion no sea un problema en España, donde sólo Felipe González superó los ocho años al frente del gobierno.

Además de no ver ni necesaria ni conveniente la propuesta, lo que me parece más discutible es el hecho de que la limitación temporal se “constitucionalice”, es decir, se incorpore en la reforma constitucional, tal como ha propuesto Albert Rivera.

En mi opinión, una propuesta como ésa tendría sentido en sistemas presidencialistas puros, en los que el Jefe del Estado (que además tiene poderes ejecutivos) es elegido directamente por los ciudadanos (como es el caso de las repúblicas latinoamericanas, de los EE.UU. y de países europeos como Francia, Austria o Portugal).

Sin embargo, no veo ningún sentido introducir en la Constitución española la limitación del tiempo de mandato de los presidentes de gobierno en sistemas parlamentaristas como el nuestro. Su mandato emana del Parlamento y su continuidad depende de que el poder legislativo apoye su investidura, y le siga dando la confianza necesaria para aprobar los proyectos de ley que presente como presidente de gobierno. En caso contrario, será revocado de su puesto al frente del poder ejecutivo.

Dicho esto, cabe otra posibilidad, mucho más interesante. Me refiero a que sean los propios partidos políticos los que incorporen en sus estatutos la limitación temporal de cargos orgánicos y, como extensión, limiten la permanencia de sus dirigentes en puestos de responsabilidad pública.

En efecto, podría ser una vía interesante de regeneración de nuestra democracia que los partidos pongan límite al tiempo en que un presidente o secretario general pueda desempeñar ese cargo orgánico, o limiten el tiempo en que una misma persona del partido pueda ser incluida como candidata en las elecciones municipales, regionales o nacionales.

Hacer eso tendría un efecto directo en la renovación interna de los partidos, y de paso renovaría los cargos públicos ostentados por sus afiliados.

Pero ésta sería una decisión a tomar por los partidos políticos en el ámbito de su libertad como asociaciones privadas que son, y de acuerdo con la estrategia que consideren más adecuada.

En definitiva, no me parece bien que, en aras de la regeneración democrática, se reforme la Constitución para incorporar la lógica presidencialista en un sistema de naturaleza parlamentaria como el nuestro.

Es mejor que la regeneración comience en el seno de cada partido, buscando la mejor fórmula para recuperar la confianza de los ciudadanos. No sería mala fórmula que empezaran por limitar temporalmente sus cargos orgánicos y por acotar el tiempo de permanencia en las listas electorales.

No hay comentarios:

Publicar un comentario